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Cambios tipo ITP/AJD en Cataluña.
Este mes de marzo ha acabado con subidas y nuevas bonificaciones en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y en el de Actos Jurídicos Documentados (AJD) de la comunidad catalana, ésta última variando del 1'2% al 1'5%
Junto con la Ley de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2012, se ha publicado la Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del Impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos que entraron en vigor el pasado 23 de marzo de 2012.
En referencia ITP y AJD, los cambios son los siguientes:
- El tipo de gravamen general de Actos Jurídicos Documentados pasa del 1’2% al 1’5%.
- El tipo de gravamen de documentos con renuncia a la exención del IVA, queda establecido en el 1’8% (antes el 1,5%).
- Bonificación100% en las novaciones modificadas de créditos hipotecarios en referencia a la vivienda habitual.
- Bonificación 100% en transmisión de vivienda habitual de su propietario a favor de la entidad acreedora, o de una filial inmobiliaria de su grupo, por no poder hacer frente al pago del préstamo; siempre que el transmitente continúe ocupando la vivienda habitual mediante contrato de alquiler con opción a compra firmado con la entidad financiera, con una duración mínima de 10 años.
- Bonificación 100% en ITP/AJD en las situaciones en que se haga el contrato de arrendamiento con opción de compra entre la entidad y los propietarios que transmiten la vivienda habitual; de esta manera habrá una bonificación extensiva a la opción de compra. Y en la adquisición de la vivienda habitual por parte de personas físicas que habían transmitido la vivienda a la entidad, y que posteriormente, y en el plazo de los 10 años desde dicha transmisión, la vuelven a adquirir.
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