Los gastos hipotecarios que puedes reclamar al banco y recuperar

Tras la sentencia del Supremo, pueden recuperarse unos 1.500 euros de media de los gastos hipotecarios

El Tribunal Supremo ha determinado que, al formalizar una hipoteca, el cliente es quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados (IAJD), que el impuesto de la matriz notarial tiene que repartirse entre las dos partes y que el pago de las copias de la escritura corresponde a quién la pide.

Entonces, aún se pueden recuperar los aranceles notariales (entre el 0,1% y el 0,5% de la responsabilidad hipotecaria), los gastos de la inscripción de la hipoteca en el Registro de la Propiedad(aproximadamente el 0,2 % de la responsabilidad hipotecaria) y los honorarios de la gestoría (varían según cada agencia). Se puede recuperar una media de unos 1.500 euros.

Cómo reclamar la devolución de los gastos hipotecarios:

Puede hacerse por dos vías: La primera opción para recuperar los gastos hipotecarios es interponer una reclamación formal al banco en cuestión. Si no responde o deniega la solicitud de devolución, se puede elevar la queja al Banco de España, pero sus resoluciones no tienen carácter vinculante.

La segunda es interponer una denuncia ante el juzgado de cláusulas abusivas de la provincia en la que se resida. Dicha demanda puede tramitarse mediante una asociación de consumidores o de un despacho de abogados. Si se pierde el juicio, tendrán que pagarse los gastos del proceso.

Las audiencias provinciales de Córdoba, Asturias, Palencia, Valladolid y La Rioja consideran que el banco solo tiene que reembolsar la mitad de los gastos hipotecarios. La postura mayoría de los juzgados sentencian la devolución de todo lo abonado de los gastos hipotecarios que no tienen que ver con el IAJD o la tasación.

Una vez declarada la nulidad de la cláusula de gastos, el plazo para reclamar las cantidades de los gastos hipotecarios será de 5 años a contar desde la fecha de declaración de dicha nulidad.