Periodo de carencia hipoteca
Mis padres se compraron un piso, al fallecer mi padre, la pensión que le queda a mi madre le es muy difícil pagar la letra de la hipoteca y vivir, quería saber: cuanto le pueden cobrar a mi madre de papeleo, al ampliar su hipoteca de 3 años a 6 años? Muchas gracias.
Ricardo Gulias Valverde
Respondido: 28/05/2012
Cuando se constituye una hipoteca, se suele añadir un seguro de vida, es decir, en el caso de fallecimiento de uno de los titulares de la hipoteca , el 50 % quedaría liquidado por el seguro y solo restaría por liquidar el otro 50%. Lo que propones de ampliar en tiempo la hipoteca, podría solicitar un periodo de carencia, es decir, tan solo pagar los intereses, ya que si opta por la novación (modificación de las condiciones de la hipoteca) le harán una nueva peritación de la propiedad y eso si que es un peligro, ya que seguramente bajara el valor de la finca y eso, cuando hay problemas de pago es muy importante mantener el valor de la peritación inicial, seguramente es mas alta que la que se pueda hacer en la actualidad. En cuanto a los gastos, si es con la misma entidad y se realiza una novación habrá que liquidar la hipoteca actual, registro y posteriormente la constitución de la nueva hipoteca con firma en notaria, registro etc. En definitiva, te recomendaría negociar con el Banco un periodo de carencia. Podría ampliar el plazo hasta el máximo establecido por la entidad, lo habitual es hasta los 75 años de la persona.
Un saludo